Requisitos de existencia y validez del acto jurídico

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Definición de Requisitos de Existencia y Validez del Acto Jurídico

  • Son requisitos de existencia del acto jurídico aquellos sin los cuales no puede formarse, no puede nacer a la vida del derecho.
  • Son requisitos de validez aquellos que posibilitan que el acto jurídico nazca perfecto a la vida del derecho. Si bien su no concurrencia no afecta la existencia misma del acto jurídico, éste adolece de un vicio que lo hará susceptible de ser anulado.

Enumeración

Requisitos de existencia del acto jurídico

  • Voluntad. Es la intención humana, dotada de discernimiento, determinación y libertad, encaminada a realizar una acción que producirá efectos de carácter jurídico.
  • Objeto. Corresponde al fin que persiguen el autor o las partes que otorgan o celebran un acto o contrato. Se trata de los derechos y obligaciones por él creados.
  • Causa. El artículo 1467 del Código Civil señala que la causa es el motivo que induce al acto o contrato.
  • Solemnidades propiamente tales. Requisitos externos prescritos por la ley como indispensables para la existencia misma o para la validez del acto jurídico, exigidos en atención a la naturaleza o especie del acto o contrato.

Requisitos de validez del acto jurídico

  • Voluntad exenta de vicios. Para la completa eficacia jurídica de la voluntad se requiere que no esté viciada. Según el 1451 del Código Civil, son vicios del consentimiento el error, la fuerza y el dolo. La doctrina agrega a esta enumeración a la lesión.
  • Capacidad. Es la facultad para adquirir derechos y contraer obligaciones por sí mismo, de manera de ejercer los primeros y cumplir las segundas sin la necesidad de que intervenga la voluntad de un tercero.
  • Objeto lícito. Para Eugenio Velasco, es aquél que cumple con todas las exigencias legales contenidas en el artículo 1461 del Código Civil, es decir, realidad, comerciabilidad y determinación, si se trata de una cosa, y además la posibilidad física o moral para realizarse, si se trata de un hecho.
  • Causa lícita. Es aquella que está conforme a la ley, las buenas costumbres y el orden público.

Bibliografía: Orrego, J. A. (2011). Apuntes. Juan Andrés Orrego Acuña – Abogado & Profesor. Recuperado el 21 de enero de 2019, de sitio web.

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Jorge Castro Barros

Abogado con formación y experiencia en derecho inmobiliario, escritor a tiempo parcial en este blog jurídico y entusiasta de los activos digitales.

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